martes, 14 de enero de 2014

"DERECHO PENAL"


Se precisa como el conjunto de normas que definen los diferentes delitos, las penas y las medidas de seguridad impuestas por el Estado.

La pena mínima el Estado de México es de 3 meses de prisión y de setenta años como máximo, dependiendo del delito cometido; en cuanto a la multa, ésta se establece de 30 días como mínimo y de 5,000 días como máximo y este lo determina el Juez a consideración del delito y de la percepción económica del indiciado.

“DELITOS EN PARTICULAR”
De acuerdo a los elementos del tipo penal tenemos los siguientes:
1.    Actividad o Inactividad: (acciones u omisiones). Ejemplo: respecto a la actividad es toda conducta material ejecutable a través de una acción como es el caso de atropellar, asfixiar, violar, etc. En la inactividad se refiere a dejar de hacer cosas que deben hacerse obligatoriamente como: el abandono de hijos menores, el no auxiliar a los accidentados, no denunciar un delito, etc.

2.    Resultado: Cambio producido en el mundo exterior, ejemplo: si una persona compra una pistola para asaltar un banco, desde el momento en que ingresa a la institución con la intención de saquearlo, y se acerca a la ventanilla amenazando a la cajera para exigirle el dinero. Sucedió tal y como lo planeó y pensó.

3.    Nexo Causal: Relación lógica que existe entre la actividad y el resultado material. Ejemplo: en el delito de la violación la causa va a ser la operación mental del sujeto activo, para cometerlo, y si se suprime la causa, entonces no va a existir un resultado.

4.    Objeto Material: Es el ente corpóreo sobre el cuál cae la conducta. Ejemplo: son las personas, un bien material, la salud, etc.

5.    Sujeto Activo: Es aquél que realiza la conducta descrita en el tipo penal y son:

A.    Calidad: es una característica específicamente requerida por el tipo penal para el autor del delito. Ejemplo: en el incesto, la calidad se refiere a que los sujetos deban tener parentesco consanguíneo, es el caso de los hermanos o descendientes con ascendentes.
B.    Cantidad en el Autor: Se refiere a que a veces el tipo penal exige un determinado número para el autor. Ejemplo: en el delito del adulterio, motín, asociación delictuosa, el incesto, si no se reúne el número entonces no habrá delito (únicamente para la asociación delictuosa). Por lo tanto es atípica la conducta.

6.    Sujeto Pasivo: Es el titular del bien jurídico tutelado y que crea relación de disponibilidad y que incluye la:

·         Calidad: En el caso de adulterio el pasivo es el cónyuge ofendido.

7.    Medios Específicos: Son aquellas formas o instrumentos concretamente requeridos por el tipo penal para realizar la conducta o alcanzar el resultado. Ejemplo: en los delitos de violación el medio es la violencia física o moral para su ejecución; en el caso de fraude, el medio es el engaño; en el allanamiento de morada, el medio es la violencia física o los engaños.

8.    Modalidades: Son todas aquellas circunstancias que sirven de base para la integración del cuerpo del delito. Existen tres tipos que son:

a)    Tiempo: es aquella referencia cronológica o temporal específicamente requerida por el tipo penal en la que ha de realizarse la conducta. Ejemplo: un Juez tiene 48 horas para tomar la declaración preparatoria.
b)    Lugar: aquella referencia de espacio dentro del cual ha de realizarse la conducta a producirse el resultado. Ejemplo: asalto en un lugar solitario.
c)    Ocasión: es la referencia circunstancial requerida por el tipo penal para realizar la conducta o producir el resultado. Ejemplos: para poder hablar de Adulterio, es necesaria la cópula con escándalo, la traición y el espionaje deben ser en tiempos de guerra, el aborto debe ser en cualquier momento del embarazo intrauterino.
Existe una multivariedad de delitos en particular, de nuestro Código objetivo, que no es posible abarcar para su estudio, solo se retomarán algunos, como es el caso de los delitos contra las personas.

“DERECHO PENAL”
“DELITOS, PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD”
CONCEPTO

1.- Delito Doloso.



2.- Delito Culposo.



3.- Delitos de Acción.



4.- Delitos de Omisión.




5.- Pena.



6.- Prisión.



7.- Multa.



8.- Reparación del Daño.



9.- Trabajo a Favor de la Comunidad.



10.- Suspensión, Destitución, Inhabilitación o Privación del Empleo, Cargo o Comisión.



11.- Suspensión o Privación de Derechos.



12.- Publicación Espacial de Sentencia.



13.- Decomiso de Bienes Producto del Enriquecimiento Ilícito.



14.- Decomiso de los Instrumentos, Objetos y Efectos del Delito.



15.- Medidas de Seguridad.



16.- Confinamiento.



17.- Prohibición de ir a Lugar Determinado.



18.- Vigilancia de Autoridad.



19.- Tratamiento de Inimputables.



20.- Amonestación.



21.- Caución de no Ofender.



“CLASIFICACIÓN DEL DELITO SEGÚN EL CÓDIGO PENAL FEDERAL”

1.- Contra la vida y la integridad corporal.



2.- Contra el Patrimonio.



3.- Contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual.



4.- Contra el Honor.



5.- Contra la Paz y la Seguridad de las Personas.



6.- Contra la Libertad y otras Garantías.



7.- Contra el Derecho a la Intimidad.



8.- Contra la Moral y las Buenas Costumbres.



9.- Contra la Seguridad Pública.



10.- Contra el Debido Ejercicio de una Profesión.



11.- Contra la Seguridad o la Confianza en que se Sustentan los Actos Jurídicos.


12.- Contra los Sistemas y Equipos de Información.



13.- Contra la Comunicación.



14.- Contra la Economía Pública.



15.- Contra la Salud.



16.- Contra la Autoridad.



17.- Contra el Servicio Público en General.



18.- Contra la Administración de Justicia en Particular.


19.- Contra la Seguridad de la Nación.



20.- Contra el Derecho Internacional.


21.- Contra la Humanidad



22.- Delitos Electorales.



23.- Contra el Ambiente y la Gestión Ambiental.



24.- Delitos en Materia de Derechos de Autor.



25.- Operaciones con Recursos de Precedencia Ilícita.

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